VIVIR EN TECOMÁN Diciembre 23

Armando Reyna: Exigimos cumpla sus obligaciones.

SR. ARMANDO REYNA, TAL VEZ ESTO CUESTE LA VIDA A UN COLABORADOR NUESTRO EN SU REGIÓN DEBIDO A LAS REPRESALÍAS DE PERSONAS QUE ESTÁN BAJO EL CARGO DE USTED.

LE SOLICITAMOS UN CONVENIO PÚBLICO, UNO DE NUESTROS COLABORADORES ESTÁ DISPUESTO A PERDER SU VIDA POR RESCATAR A SU MADRE DE UN CRUEL DESTINO EN UN MANICOMIO O EN SITIO PARA ANCIANOS.

ESTA INFORMACIÓN NO SOLO ES PARA USTED, HEMOS TOMADO LA PROVIDENCIA HACERLA LLEGAR A OTROS NIVELES:

SU POLICÍA MUNICIPAL, HOY 23 DE DICIEMBRE DE 2025, ALLANÓ CON VIOLENCIA Y SIN AVISO UN DOMICILIO, SIN ORDEN JUDICIAL O DOCUMENTACIÓN MÉDICA ALGUNA, SU ÚNICO PRETEXTO ES QUE TENÍAN QUE LLEVAR POR LA FUERZA HOY, A UN MANICOMIO, TANTO AL HIJO, QUE HABITA DICHA CASA, Y A SU MADRE DE 85 AÑOS QUE SUFRE DETERIORO MENTAL PROPIO DE LA EDAD,  LA MADRE SE  ENCUENTRA EN PODER DE SU HIJA DESDE HACE MAS DE 7 MESES, Y YA SE LA HABÍAN LLEVADO USANDO LA FUERZA FISÍCA.

DESDE ENTONCES, QUE SE LLEVARON A LA MADRE,  LA HIJA PROHIBIÓ QUE EL HIJO Y LA MADRE PUEDAN VERSE, A PESAR DE QUE HAY TESTIGOS, Y ESCRITOS DE PUÑO Y LETRA DE LA MADRE, QUE YA NO VA A COMER, Y “SE VA A DEJAR MORIR DE HAMBRE” SI NO LE PERMITEN VER AL HIJO.

LA HIJA TIENE FOTOS DE QUE ALGUIEN GOLPEA  A SU MADRE, Y CULPA AL HIJO ENTRE EL ENTORNO SOCIAL DE SUS CONOCIDOS, PERO SE NIEGA A PRESENTAR ESAS FOTOS ANTE LAS AUTORIDADES, IGNORANDO QUE EL DELITO DE ABUSO Y MALTRATO A LA VEJEZ SE PERSIGUE DE OFICIO. SE DEBE INVESTIGAR QUIEN GOLPEA A LA MADRE.

SU POLICÍA MUNICIPAL, SR. ARMANDO REYNA, TAMBIÉN AYUDÓ A LA HIJA A LLEVARSE POR LA FUERZA A SU MADRE DESDE HACE SIETE MESES, A PESAR DE QUE FUE EL HIJO QUIEN LOS LLAMÓ EN ESA OCASIÓN PARA EVITAR SE LA LLEVARÁN. EN DICHA OCASIÓN ANTERIOR, AL LLEGAR LA POLICÍA MUNICIPAL, FUE AL HIJO A QUIEN LE ADVIRTIERON QUE LO PODRÍAN LLEVAR A LA CÁRCEL SI SE OPONÍA A QUE SE LLEVARAN A SU MADRE.

 HACE SIETE MESES LA HIJA SE LLEVÓ A LA MADRE, Y EL EFECTIVO POR CONCEPTO DE LA VENTA DE UN LOTE PROPIEDAD DE LA MADRE, ADEMÁS, ESE MISMO DÍA EL YERNO RECLAMO ORALMENTE LA POSESIÓN DE LA CASA QUE LA MADRE COMPRÓ CUANDO AÚN MANTENÍA A LA HIJA, DICIENDO QUE LE PERTENECÍA A ÉL Y A SU ESPOSA, PORQUE EL HIJO “ERA NADIE EN ESA CASA”.

ADICIONALMENTE EL DÍA QUE SE LLEVARON A LA MADRE, Y DINERO DE LA MADRE, ASÍ COMO SU TARJETA DE PENSIÓN, , SE PERDIERON DE ESA CASA OBJETOS DE VALOR POR MÁS DE 20 MIL PESOS PROPIEDAD DE LA MADRE, EL HIJO SE ENTERÓ DEL ROBO CUANDO LA HIJA CONTÓ, DESPUÉS DE MAS DE 5 MESES, A SUS AMISTADES, QUE EL HIJO ERA QUIEN LOS HABÍA ROBADO.

POR RAZONES DESAFORTUNADAS EL HIJO DE LA MADRE TRABAJA PARA NOSOTROS EN SU REGIÓN, CADA DISTRIBUIDOR DEL BIENESTAR CIUDADANO TIENE CONSTANCIA FISCAL ACTUALIZADA Y TIENE PLENO DERECHO EN SU PAÍS DE USAR UN PORCENTAJE DE LAS GANANCIAS PARA BENEFICIAR A PERSONAS QUE LO NECESITEN, Y ESTO ES VISTO “CON MALOS OJOS” POR MUCHOS POLITÍCOS DE TODOS LOS PARTIDOS, QUE CREEN QUE TENEMOS FINES POLÍTICOS.

NUESTRO COLABORADOR YA HA ESTADO FRENTE A USTED, Y NUNCA LE HEMOS PEDIDO UN SOLO PESO A SU AYUNTAMIENTO, AL CONTRARIO, LE ENTREGAMOS A FUNCIONARIOS DE USTED, UNA CANTIDAD MÍNIMA  DE PRUEBA, PARA SABER SU DISPOSICIÓN A COLABORAR EN BENEFICIO DE TODA LA SOCIEDAD.

NUESTRO COLABORADOR SE PRESENTÓ NO SOLO ANTE USTED, SINO ANTE TODOS LOS REGIDORES PRESENTES, YA QUE SE REGISTRÓ QUE LOS REGIDORES DE TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS ESTABAN PRESENTES

 USTED DE VIVA VOZ, Y AL PARECER TODOS LOS REGIDORES ESTUVIERON DE ACUERDO CON SU RESPUESTA DE QUE "USTEDES TENÍAN EN TECOMÁN SU PROPIO PLAN".

DESPUÉS DE ESA RESPUESTA, Y ANTE TODOS LOS REGIDORES PRESENTES, SE FUE CAMINANDO MUY RAPIDO A SU DESPACHO, NUESTRO COLABORADOR IBA DETRAS DE USTED, TRATANDO DE DIALOGAR, PERO USTED CERRO LA PUERTA DE SU OFICINA, Y SU SECRETARIA SE PUSO ANTE LA PUERTA COMO TRATANDO DE HACER CREER QUE NUESTRO COLABORADOR QUERÍA ENTRAR POR LA FUERZA.

NUESTRO COLABORADOR ENTENDIÓ EL MENSAJE IMPLÍCITO Y SALIO RAPIDAMENTE DE LA PRESIDENCIA, SIN EMBARGO, HASTA LA FECHA POLICÍAS MUNICIPALES LE TOMAN FOTO Y VIDEO, Y AMENAZAN CON DETENERLO CUANDO GRABA VIDEO POR RAZONES COMERCIALES, EN LA VÍA PÚBLICA.

AL PARECER EL DÍA DE HOY 23 DE DICIEMBRE NUESTRO COLABORADOR ESTÁ SIENDO VÍCTIMA DE REPRESALÍAS NO SABEMOS POR PARTE DE QUIEN:

Policías del municipio de Tecomán Colima México, del cual usted es el servidor público ejecutivo municipal máximo encargado, entraron por la fuerza a una casa, trataron de llevarse por la fuerza a una persona sin orden judicial, para, supuestamente, llevarla a un hospital psiquiátrico, de lo cual, su único argumento, era que alguien había hecho una cita para llevarlo a un hospital psiquiátrico, sin embargo, nunca hubo valoración o procedimiento médico profesional, de que la persona estuviera trastornada de sus facultades mentales.

Para proteger su integridad, dado que entraron por la fuerza sin avisar, la persona víctima del delito tuvo que brincar azoteas, causándose lesiones, y llegó a la casa de un vecino, a la cual, en pocos momentos, entro, también  por la fuerza, una persona civil que acompañaba a la policía municipal, dicha persona trató de sacer por la fuerza, de la casa del vecino, a la víctima, ante la mirada complaciente y permisiva, de la policía municipal.

Esta situación es extremadamente grave, ya que no solo hubo una violación al domicilio, sino una privación ilegal de la libertad en grado de tentativa y una omisión de auxilio por parte de la autoridad.

Lo anterior amerita denuncia por Abuso de Autoridad, Allanamiento de Morada, Tentativa de Privación Ilegal de la Libertad y Lesiones.

Sin embargo, debido a las represalias que sabemos puede sufrir la víctima o quienes colaboren con él en su denuncia, queremos llegar a un acuerdo con los responsables de los delitos, incluyendo aquellos que, por falta de información,  por omisión, o por incompetencia,  o de cualquier otra forma, son corresponsables de los mismos en mayor o menor medida.

No estamos culpando persona alguna, sabemos que muchas veces los funcionarios tienen demasiadas tareas y ocupaciones, y tal vez no les llega la información necesaria para evitar, o castigar este tipo de hechos.

NO PEDIMOS CASTIGO ALGUNO, PEDIMOS UN ACUERDO CON USTED COMO REPRESENTANTE DE SU GOBIUERNO LOCAL, DICHO ACUERDO, LO ESTAMOS HACIENDO A NIVEL NACIONAL, PARA QUE LAS PERSONAS QUE SEAN INOCENTES DE DELITO ALGUNO, Y QUE ESTÉN REGISTRADAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE LOS DISTRIBUIDORES DEL BIENESTAR CIUDADANO, YA SEA COMO PROVEEDOR, O COMO CONSUMIDOR, NO SEAN VICTÍMAS DE DELITOS O AFECTACIONES ILEGALES EN SU PERSONA O BIENES, POR PARTE DE SERVIDORES PÚBLICOS.  

ESTA PROHIBICIÓN DE COMETER DELITO O PROCEDIMIENTOS ILEGALES AFECTANDO CIUDADANOS POR PARTE DE SERVIDORES PÚBLICOS, INCLUYE A TODOS LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS DIFERENTES NIVELES DE GOBIERNO.

EL ACUERDO ANTERIOR, EN SU PARTE FUNDAMENTAL, ESTÁ AVALADO, POR EL PENSAMIENTO DEL CIUDADANO SIEMPRE PRESIDENTE EN LA MEMORIA DE LOS MEXICANOS: ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR.

 

 

INFORMACIÓN PARA CUALQUIER USO LEGAL:

I. Relación de los Hechos

Irrupción Ilegal: El día 23 de Diciembre, en horario diurno, y ante numerosos testigos, elementos de la Policía Municipal de Tecomán Colima México, ingresaron violentamente y sin mediar orden judicial ni de cateo al domicilio ubicado en  *************** .Los agentes no se identificaron ni mostraron mandamiento escrito que fundara y motivara su actuar, violando el Artículo 16 de la Constitución Federal.

Falta de Sustento Médico: El argumento de los agentes fue el traslado forzoso a un hospital psiquiátrico bajo el dicho de una "cita previa". Se enfatiza que no existió valoración médica previa, dictamen pericial, ni orden de un juez de lo familiar que determinara que la víctima representara un peligro para sí misma o para terceros, requisito indispensable para un internamiento no voluntario según la Ley General de Salud.

Lesiones por Estado de Necesidad: Ante el uso de la fuerza desproporcionada y el temor fundado por su integridad física y libertad, la víctima se vio obligada a realizar maniobras de escape por las azoteas colindantes, lo que le ocasionó lesiones físicas consistentes en [describir heridas: raspones, fracturas, golpes].

Participación de Civil y Omisión Policial: Al resguardarse en el domicilio de un vecino, una persona civil que acompañaba a los policías ingresó ilícitamente a dicha propiedad privada. Dicho civil intentó extraer por la fuerza a la víctima frente a los elementos policiales, quienes, lejos de cumplir con su deber de garantes de la seguridad, permitieron y validaron el actuar del civil, incurriendo en omisión de funciones y complicidad.

Delitos y Faltas que se configuran

A la luz de los hechos narrados, se desprenden las siguientes conductas delictivas:

Abuso de Autoridad: Al ejercer violencia innecesaria y actuar sin facultades legales.

Allanamiento de Morada: Por la entrada forzada tanto al domicilio de la víctima como al del vecino.

Tentativa de Privación Ilegal de la Libertad: Al intentar sustraer a una persona de su hogar sin un mandato legal.

Lesiones: La policía es responsable indirecta de las lesiones sufridas, ya que estas fueron resultado directo de un acto de autoridad ilegal que obligó a la víctima a ponerse en riesgo para salvaguardarse.

Ejercicio Ilícito del Servicio Público: Por permitir que un civil realizara funciones de seguridad o detención sin estar facultado para ello.

Los Puntos Petitorios que se podrían hacer a las autoridades encargadas de acuerdo a las leyes de su país:

ACLARAMOS QUE NO PRESENTAREMOS DEMANDA, POR TEMOR A REPRESALÍAS CONTRA LAS VÍCTIMAS O QUIENES AYUDEN A LA VÍCTIMA.

PRIMERO. Se me tenga por presentado en tiempo y forma, por mi propio derecho, interponiendo denuncia y/o querella en contra de los elementos de la Policía Municipal que resulten responsables y del civil que los acompañaba.

SEGUNDO. Se inicie la Carpeta de Investigación correspondiente y se ordene la intervención de la Policía de Investigación y de los Servicios Periciales para que certifiquen de inmediato las lesiones físicas que presento, así como los daños en el domicilio.

TERCERO. Se gire oficio a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal para que informe qué unidades y qué elementos estaban asignados al sector el día y hora de los hechos, y se identifique plenamente al civil que participaba en el operativo ilegal.

CUARTO. Se me otorguen medidas de protección de manera inmediata, consistentes en la prohibición a los elementos señalados de acercarse a mi domicilio o a mi persona, ante el temor fundado de represalias por esta denuncia.

QUINTO. En su momento, se ejercite acción penal y se solicite la vinculación a proceso de los responsables por los delitos de Abuso de Autoridad, Allanamiento de Morada y Tentativa de Privación Ilegal de la Libertad.

PARA EVITAR REPRESALÍAS DE LAS AUTORIDADES INVOLUCRADAS, TAMPOCO PRESENTAREMOS QUEJA ANTE DERECHOS HUMANOS (CEDH o CNDH), las cuales podrían ser:

PRIMERO. Se admita la presente queja por presuntas violaciones a los Derechos Humanos, específicamente el derecho a la Inviolabilidad del Domicilio, a la Libertad Personal y a la Integridad Física.

SEGUNDO. Se soliciten de inmediato los informes de ley a la autoridad municipal señalada, requiriéndoles que justifiquen el acto de molestia y la falta de orden judicial.

TERCERO. Se dicten Medidas Cautelares o precautorias para garantizar que los elementos de seguridad pública se abstengan de realizar nuevos actos de molestia o intimidación en mi contra.

CUARTO. Se emita, en su oportunidad, la Recomendación correspondiente, solicitando la reparación integral del daño, el tratamiento médico para mis lesiones y la sanción administrativa y/o destitución de los servidores públicos involucrados.

ACTUALIZACIÓN

Armando Reyna, gente bajo su cargo trató de levantar, el pasado 23 de diciembre, a una persona que ya habían amenazado desde hace varios meses con 'levantarla'. El Código Nacional de Procedimientos Penales (Art. 222) obliga a todo servidor público a denunciar inmediatamente cualquier delito del que tenga conocimiento.

 

Policías del municipio de Tecomán, Colima, del cual usted es el máximo encargado ejecutivo, entraron por la fuerza a una casa y trataron de llevarse ilegalmente a una persona sin orden judicial, bajo el supuesto argumento de trasladarla a un hospital psiquiátrico. No existió nunca una valoración médica profesional ni un procedimiento legal que acreditara que la persona estuviera trastornada de sus facultades mentales.

 

Durante este allanamiento violento, los elementos de la policía municipal sustrajeron dinero en efectivo que se encontraba en dos puntos diferentes del domicilio, así como diversos objetos de valor, aprovechando la intimidación y el uso de la fuerza.

 

Para proteger su integridad, ante la entrada violenta de los agentes, la víctima se vio obligada a huir por las azoteas, sufriendo diversas lesiones físicas. Al llegar a la casa de un vecino, una persona civil que acompañaba a la policía municipal entró también por la fuerza para intentar sacar a la víctima, todo esto ante la mirada complaciente, permisiva y protectora de los elementos policiacos.

 

Esta situación es de extrema gravedad: constituye una violación flagrante al domicilio, privación ilegal de la libertad en grado de tentativa, omisión de auxilio y el robo de patrimonio privado por parte de la autoridad."

 

Delitos que amerita la denuncia (Actualizado)

Al agregar el robo de dinero y objetos, la clasificación jurídica se amplía. En el estado de Colima y bajo el Código Penal Federal/Nacional, estos hechos configuran:

 

Robo Calificado: Al ser cometido por miembros de una corporación de seguridad pública, aprovechando su función y con violencia en las cosas/personas.

 

Abuso de Autoridad: Por ejecutar actos arbitrarios y violar los derechos humanos en el ejercicio de sus funciones.

 

Allanamiento de Morada: Por ingresar a un domicilio privado sin orden judicial y sin causa legal justificada.

 

Tentativa de Privación Ilegal de la Libertad: Por el intento de arresto o traslado forzoso sin sustento legal.

 

Lesiones: Por los daños físicos sufridos por la víctima al intentar ponerse a salvo de la agresión policial.

 

Ejercicio Indebido del Servicio Público: Al actuar fuera del marco de la ley que rige su actuación.

Con mucha anterioridad de meses  respecto a los hechos delictivos realizados por persones actualmente bajo el cargo de usted Armando Reyna (inclusive años, por parte de otras administraciones gubernamentales  pertenecientes en su oportunidad a todos los partidos políticos en México, que han permitido estos ilícitos), gente de corporaciones que el día de hoy están bajo el cargo de usted,  al hijo lo habían amenazado más de una vez, con levantarlo ilegalmente debido a que trabaja para nosotros haciendo este tipo de videos :

Estos videos tienen el objetivo de ayudar a gente necesitada de su región, dicha ayuda se da gracias a dinero en efectivo, procedente de los ingresos, después de costos, gastos, e impuestos, obtenidos por la venta de productos, bienes, y servicios, en plataformas informáticas, de colaboradores nuestros, denominados en su país DISTRIBUIDORES CIUDADANOS DEL BIENESTAR, cada uno de los cuales, con constancia fiscal actualizada, que garantiza su facultad legal, de acuerdo a la constitución política de su país, para ejercer su derecho de ayudar a toda la sociedad mexicana, incluidos a todos sus niveles gubernamentales, aportando un porcentaje de sus ganancias para tal efecto.

Sin embargo, a través de los años esto ha sido malinterpretado por la gran mayoría de personas con poder dentro de los partidos políticos mexicanos, y se han obstaculizado desde el inicio nuestros ofrecimientos de ayuda, No así, por parte de cada uno de los ejecutivos federales que han gobernado su país desde el 2006, quienes, han tratado de dar todo el apoyo necesario para que nosotros podemos ayudar en su país, pero la oposición de funcionarios  desde dentro de su mismos esquema gubernamental hacia nosotros no ha hecho posible hacer llegar la ayuda a los mexicanos.

EN ESTE LINK PUEDEN VER PARTE SINTETIZADA DEL PLAN PARA EL PAÍS DE MÉXICO

Y  en este otro link el papel de Tecomán Colima México para inicio del plan

A LOS MEXICANOS QUE QUIERAN DEJAR DE SER VÍCTIMAS DE DELITOS O AFECTACIONES ILEGALES, EN SU PERSONA O BIENES, POR PARTE DE SERVIDORES PÚBLICOS DE CUALQUIERA DE LOS DIFERENTES NIVELES GUBERNAMENTALES:

A partir de este momento se abre un registro, accesible a nivel nacional, (escribir en Google “buscador tecoman” sin comillas), del Sistema de Bienestar Ciudadano, este sistema usa inteligencia humana y  artificial, dependiendo de quien solicite el registro dependerá el procedimiento del mismo, tal registro es completamente anónimo, la excepción al anonimato son los proveedores (DISTRIBUIDORES DEL BIENESTAR CIUDADANO), ya que cada uno de los distribuidores, cuenta, o contará, con su constancia de fiscal actualizada, y bajo las leyes mexicanas, igualmente, cada uno de ellos, tiene el derecho de usar una parte de sus ganancias, después de costos, gastos, e impuestos, en beneficiar a la sociedad mexicana dentro de un marco legal.

Entrando a la página del primer enlace que les aparezca en Google estarán las indicaciones a seguir, les recomendamos el anonimato a quienes deseen registrarse, dejen que sean nuestros colaboradores directos en su país quienes corran los riesgos, a final de cuentas, estamos acostumbrados a enfrentar  la injusticia solos.

-CADA UNO DE NOSOTROS-


REGISTRATE AQUÍ PARA NO SER VÍCTIMA DE SERVIDORES PÚBLICOS


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PROTECIÓN DEL ADULTO MAYOR EN ESTADO DE VULNERABILIDAD

El 15 de junio se conmemora el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, una fecha establecida por la Asamblea General de las Naciones Unidas (resolución 66/127) para manifestar el rechazo global a los abusos y sufrimientos que enfrentan muchas personas mayores.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) difundió esta información el 1 de junio de 2017.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el maltrato como cualquier acción o inacción, simple o repetida, inapropiada, que ocurre en una relación de confianza y que causa daño o sufrimiento a una persona anciana. Este es un grave problema social y de derechos humanos que requiere atención urgente, desde el ámbito familiar hasta el social, debido a que afecta a millones de adultos mayores en el mundo.

En cuanto a la definición de persona adulta mayor:

  • En México, la ley federal considera a quienes tienen 60 años o más.

  • La OMS establece los 60 años como edad de referencia en países en desarrollo, y los 65 años en países desarrollados.

La violencia contra este grupo demográfico puede manifestarse de diversas maneras, incluyendo el maltrato físico, psicológico, sexual, financiero, la negligencia o el abandono.

Para solucionar este problema, es fundamental eliminar los estereotipos y estigmas asociados al envejecimiento y promover relaciones familiares saludables que creen lazos entre generaciones. Finalmente, es crucial impulsar una cultura de respeto hacia los adultos mayores para asegurar que sus derechos sean protegidos y que reciban una atención completa e integral.

LOS DISTRIBUIDORES CIUDADANOS DEL BIENESTAR ANALIZARÁN CASO, POR CASO EN TODO MÉXICO, PARA OTORGARLES LOS RECURSOS DE LA RED SOCIAL REAL MÉXICO QUE ESTÉN DISPONIBLES,
Este es nuestro primer caso en Tecomán Colima México:

La razón por la que la persona de la imagen fue privada de su libertad se debió a que era quien, mediante una fundación sui generis financiaba un programa de ayuda a toda la población de esa región, desafortunadamente familiares y amigos creyeron que la persona se iba a quedar sin recursos al ayudar tanta gente y que tarde o temprano ellos se iban a tener que hacer cargo de su mantención, razón por la cual acusaron y calumniaron al hijo de la persona, quien ayudaba a distribuir los recursos a su madre,  de diversos hechos que nunca sucedieron. Prohibieron al hijo ver  a su madre para siempre, razón por la que la madre se negó a comer, diciendo a quienes la retienen que se iba a dejar morir de hambre, lo que los forzó a que le dejaran ver a su hijo solo unas pocas veces mas, y por ello tomaron la decisión de llevar a la madre a un sitio para ancianos, negándose a informar al hijo de a donde la llevaron.

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